

{

        "1": "(1) Visa de permanencia transitoria simple, una entrada, plazo máximo 90 días.", 



        "2": "(2) Visa de permanencia transitoria múltiple, varias entradas, plazo máximo 90 días, salvo excepciones. Contempla arancel acorde a lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Supremo N°296, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.", 



        "3": "Incluye a Aruba, Bonaire, Curazao, Saba, San Eustaquio y San Martín. Arancel y condiciones asimiladas a Países Bajos.", 



        "4": "No requiere visa desde el 17 de septiembre de 2025.", 



        "5": "Exento de visa de permanencia transitoria a nacionales de este país con residencia permanente en países de la Alianza del Pacífico (Colombia-México- Perú).", 



        "6": "Exento de visa de permanencia transitoria a nacionales de R.P. China portadores de una visa otorgada por Canadá o EE.UU. (todos los tipos excepto Visa C o tránsito) o Green Card, con a lo menos 6 meses de vigencia, a contar del 01.04.2019", 



        "7": "Incluye Territorio No Autónomo de Nueva Caledonia y Polinesia Francesa.", 



        "8": "Para nacionales de la Región Administrativa Especial de Hong Kong.", 



        "9": "Exento de visa de permanencia transitoria a nacionales de India portadores de una visa otorgada por EE.UU. (excepto la Visa C) con a lo menos 6 meses de vigencia o Green Card, a contar del 01.04.2019.", 



        "10": "Exención sólo se aplica a la Visas de Permanencia Transitoria Simple, una entrada, por 60 días como plazo máximo.", 



        "11": "Estatus de Estado Libre Asociado a Nueva Zelanda.", 



        "12": "La República de Chile no reconoce a la República de Kosovo como sujeto de derecho internacional.", 



        "13": "Para nacionales de la región administrativa especial de Macao.", 



        "14": "Incluye Territorio No Autónomo de Tokelau.", 



        "15": "Incluye territorio británico de ultramar (Territorio No Autónomo): Anguila; Bermudas; Gibraltar; Islas Caimán; Islas Pitcairn; Islas Turcas y Caicos; Islas Vírgenes Británicas; Isla Montserrat; y Santa Elena, Ascención y Tristán de Acuña.", 



        "16": "Con fecha 20 de mayo de 2022 entró en vigencia el Convenio de Exención de Visas para Pasaportes Ordinarios entre Chile y Surinam.", 



        "17": "En aquellos países donde el cobro se realice en moneda local, se aplicará un recargo del 10 % sobre el valor base.", 



        "18": "Exento de visa de permanencia transitoria a nacionales de República Dominicana portadores de una visa otorgada por EE.UU. (excepto la Visa C) con a lo menos 6 meses de vigencia o Green Card, a contar del 01.04.2019." 

}

