En Chile, desde el año 2022 rige el voto obligatorio para las y los ciudadanos que tienen su domicilio electoral en el territorio nacional, mientras que el voto en el exterior continúa siendo voluntario.
De acuerdo con el Servicio Electoral (SERVEL), para las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias del 16 de noviembre de 2025, así como para una eventual segunda votación el 14 de diciembre, se estableció una multa que fluctúa entre 0,5 y 1,5 UTM para quienes no concurran a sufragar.
En este contexto, se recuerda que las personas con domicilio electoral en Chile deben verificar su registro en consulta.servel.cl utilizando su RUN.
Es importante tener presente que no existe un procedimiento de excusa previa ante los consulados ni por otras vías para justificar la inasistencia a votar.
Las notificaciones por no votar, las realiza el Juzgado de Policía Local (JPL) posterior a las elecciones y el elector o electora deberá contactar directamente al tribunal correspondiente y presentar sus argumentos o medios de verificación. Cada juzgado tiene sus propios procedimientos y requisitos para estas presentaciones.
Para facilitar este proceso, quienes hayan sido notificados y residan en el exterior pueden tomar contacto con el Juzgados de Policía Local por correo electrónico (en adjunto) y presentar sus descargos utilizando un modelo referencial de escrito (en adjunto), siempre y cuando el tribunal lo permita.
El Servicio Electoral de Chile, SERVEL dispone de un plazo de hasta un año para realizar las denuncias de quienes no votaron, tras revisar los padrones electorales y remitir los casos a los juzgados competentes.
Se recuerda a las y los connacionales residentes en el exterior que podrán actualizar su domicilio electoral a partir del 1 de enero de 2026, dado que el plazo para hacerlo con miras al proceso electoral de 2025 concluyó el pasado 28 de junio.