Traducciones en línea
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile pone a disposición el servicio de traducciones en línea, para que realices tu trámite de manera rápida, segura y sin necesidad de acudir de forma presencial.
Disponibilidad
- De lunes a viernes, entre 09:00 y 18:00 horas (hora de Chile).
- No disponible en feriados chilenos.
Requisitos y condiciones
- Todos los documentos deben estar previamente legalizados o apostillados (según el país de destino).
- Puedes realizar hasta 2 solicitudes diarias.
- En cada solicitud puedes subir hasta 5 archivos PDF (sin límite de páginas).
- Cada documento debe estar completo en un solo archivo PDF (anverso y reverso).
¿Cómo solicitar?
Regístrate en la plataforma
→ ver : Traducciones en línea
Si ya tienes cuenta, debes iniciar sesión y completar tu solicitud.
Formas de pago
- Las traducciones solicitadas en línea se pagan de manera electrónica, mediante un botón de pago que entrega opciones de pago con tarjetas y código QR.
- No se recepcionan transferencias
Consideraciones legales
- Según la Resolución Exenta N° 2254 (20/10/2010), este servicio no traduce documentos judiciales, salvo en casos de extradiciones activas (artículo 437 del Código Procesal Penal).
- La adulteración o falsificación de documentos originales o de su traducción constituye un delito sancionado por la ley.
Rechazo de solicitudes
- Archivos incompletos, cortados o con baja legibilidad serán rechazados.
Importante
- Este es el único sitio web oficial autorizado para realizar gestiones relacionadas con el servicio de traducción en línea del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
- El Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile (MINREL) ofrece el servicio de traducciones, sin embargo las traducciones realizadas por otras instituciones públicas o privadas también tienen validez.
Atención presencial – Traducciones Ministerio de Relaciones Exteriores
- Dirección: Agustinas 1320, Santiago
- Horario de atención: Lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas
Ingreso de solicitudes
- Se entregan 50 números diarios:
- 42 por orden de llegada
- 8 mediante agendamiento en línea
- El último número (si aún hay disponibilidad) se entrega a las 13:30 horas.
- Cada persona puede ingresar hasta 3 documentos por solicitud y un máximo de 2 solicitudes diarias.
Importante: Antes de traducir, los documentos deben estar legalizados o apostillados por la entidad competente. Si no lo están, no se podrá realizar la traducción.
Retiro de traducciones
- No hay límite de números diarios para el retiro.
- El último número también se entrega a las 13:30 horas.
- Para ingresar o retirar documentos se debe presentar carnet de identidad, pasaporte u otro documento válido.
Sobre el servicio
La Unidad de Traducciones del Ministerio de Relaciones Exteriores realiza traducciones entre español y los siguientes idiomas:
- Inglés
- Francés
- Alemán
- Portugués
- Italiano
Traducciones judiciales: Solo se realizan aquellas relacionadas con extradiciones activas, según la Resolución Exenta N° 2254 (2010).
Requisitos para solicitar una traducción
- Presentar el documento legalizado o apostillado.
- Pagar el costo correspondiente.
- Verificar con la institución donde presentará el documento si debe adjuntar el original.
→ ver : Qué es validar, apostillar o legalizar un documento
→ ver : Dónde y cómo apostillar un documento chileno
Plazos y costos
- Los valores dependen de la extensión, tipo de documento y urgencia.
- Se calculan sobre las páginas traducidas en el formato oficial.
- Modalidades:
- Normal
- Urgente (+100% recargo)
- Extra urgente (+150% recargo)
Formas de pago
- Atención presencial: efectivo, cheque o tarjeta bancaria.
Al ingresar la solicitud se paga un abono del 50%. El saldo se cancela al momento del retiro, ya que el monto final se confirma al terminar la traducción.
Vigencia
La entidad que solicita la traducción es quien define la antigüedad exigida del documento.
Marco legal
→ ver : Decreto Supremo (DS) Nº 64, que fija los valores de las traducciones
→ ver : Resolución Exenta Nº 2.254, que establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores no efectuará la traducción de documentos para actuaciones judiciales distintas a las referidas en el artículo 437 del Código Procesal Penal
→ ver : Código Procesal Penal - Biblioteca del Congreso Nacional
importante
- Cualquier persona puede ingresar un documento para traducción.
- Si el retiro lo realiza otra persona, deberá presentar:
- Poder simple del solicitante
- Comprobante de retiro