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Cancillería explica a connacionales en el exterior aspectos de la Apostilla chilena

Jueves 1 de octubre de 2026

Con la participación de connacionales residentes en países como Canadá, Estados Unidos, Argentina, España, México, entre otros, el pasado 30 de septiembre se realizó la "Charla Temática DICOEX", sobre Legalización y Apostilla, certificaciones que deben realizarse en documentos que se utilizarán en el extranjero.

La actividad, que se enmarca en la conmemoración de la primera década de implementación de la Apostilla chilena, contó con la relatoría del abogado de la División de Servicios Consulares de la Cancillería, Sebastián Rebolledo, quien detalló aspectos de ambas autenticaciones.

En cuanto a la Legalización, destacó que se trata de una cadena de al menos cinco validaciones de distintas entidades tanto en el país de origen del documento como en el de destino, mientras que la Apostilla reduce a una sola certificación, siempre que el país donde se usará el documento forme parte del Convenio de La Haya que Suprime la Exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros.

Rebolledo recalcó las características de la Apostilla chilena: es gratuita, digital, verificable en línea y descentralizada, además de recordar que además de la Cancillería, las instituciones que por ley están facultadas para apostillar son los Ministerios de Educación, Justicia y Salud, así como el Servicio de Registro Civil e Identificación.

Recordó asimismo que el Registro Civil cuenta con alrededor de veintiocho tipos de certificados que pueden ser apostillados de forma directa en el sitio web del SRCeI al tiempo de explicar el procedimiento requerido. Agregó que otros documentos pueden ser apostillados desde el exterior, siempre y cuando cuenten con Firma Electrónica Avanzada. Para ello, la solicitud se realiza a través del siguiente formulario.

Finalmente, subrayó que cada Estado parte del Convenio de La Haya (a la fecha, 130) determina qué autoridad local es competente para apostillar y que un documento apostillado es válido en cualquier país signatario del Convenio, sin necesidad de realizar ningún otro tipo de certificación.

Posteriormente, se abrió un espacio de preguntas y respuestas, donde se resolvieron dudas sobre cómo apostillar certificados de hechos vitales, documentos académicos y notariales, haciendo hincapié en que la Apostilla no certifica el contenido del documento, sino la autenticidad de la firma y cargo de la autoridad emisora y que ésta no tiene fecha de caducidad.

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