Permite inscribir un matrimonio efectuado en el exterior ante el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), para que tenga validez en Chile.
La o el cónyuge chileno debe solicitar la inscripción consular de matrimonio. La o el cónyuge extranjero solo puede realizar el trámite tras el fallecimiento del o la cónyuge chileno/a, presentando el certificado de defunción respectivo.
El trámite se puede realizar durante todo el año en el consulado respectivo al lugar donde reside.
Importante:
Chilenas y chilenos que se encuentran en el exterior y desean regularizar su matrimonio en Chile.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Todos los certificados deberán venir apostillados de acuerdo con el Convenio de la Haya. Para el caso de certificados de los países que no pertenecen a este convenio, deberán estar legalizados por la entidad correspondiente.
¿Cuál es el costo del trámite?
Consulte en el consulado chileno correspondiente .
En el exterior: tome contacto con el consulado de Chile respectivo y solicite un turno.
En Chile: oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), si el certificado de matrimonio fundante está debidamente legalizado o apostillado (según corresponda), y traducido (si es necesario).
Importante: Consultar tiempo aproximado del trámite al momento de realizar la inscripción. Una vez finalizado el proceso de inscripción, podrá solicitar el certificado de matrimonio chileno.