Las inscripciones de menores de edad deben solicitarse por ambos padres.
1.- Certificado de nacimiento original del menor, emitido por la autoridad competente del país de origen.
2.- Cédula de identidad vigente del padre y/o madre chileno/a.
3.- Pasaporte y/o DNI vigente del padre o madre extranjero.
4.- Cédula de identidad vigente del menor (si tuviera).
5.- Certificado de nacimiento chileno del padre y/o madre, actualizado a la fecha del trámite.
6.- Certificado de matrimonio o unión civil de los padres (si correspondiera).
7.- Niños y niñas mayores de 6 años, deben asistir al Consulado para toma de huellas dactilares
8.- Foto a color 5x5 del menor a inscribir.
9.- Ambos padres deberán completar y firmar el Formulario C-9 que determina el orden de los apellidos por mutuo acuerdo de los progenitores (Ley 21.334).
1.- Se deben presentar ambos padres y el menor (mayor de 6 años) para realizar el trámite en el Consulado.
2.- Si el padre o la madre chileno/a está fallecido/a, se debe presentar certificado de defunción. En el caso que hayan fallecidos en el extranjero, se debe inscribir la defunción previa o conjuntamente a la inscripción de nacimiento del interesado, debidamente apostillado/legalizado en el país de origen.
3.- Si el padre o la madre son hijos de chilenos y no están inscritos como chilenos, deben presentar su certificado de nacimiento original del país de origen, debidamente apostillado/legalizado. En este caso, el abuelo/a chilena deberá realizar una declaración jurada en el Consulado, indicando el parentesco con el menor.
4.- Si el padre o la madre está inscrito como chileno y es nacido en el extranjero, se deberá, además, presentar el certificado de nacimiento y cédula de identidad del abuelo y/o la abuela nacidos en Chile, para acreditar el vínculo consanguíneo.
5.- Los abuelos/as no pueden solicitar la inscripción de nacimiento de algún nieto/a en el consulado, sino que directamente en la Oficina de Inscripciones Extranjeras del Servicio de Registro Civil e Identificación, ubicada en Huérfanos 1570, piso 2, Santiago, Chile.
6.- Los hijos de nacionalizados por carta de nacionalización, se pueden inscribir posterior a la fecha de la nacionalización del o los padres.
7.- Una vez finalizado el proceso de inscripción podrá solicitar la cédula de identidad y el pasaporte chileno.
→ ver : Revise horarios de atención y teléfonos de contacto del Consulado Chileno